Reduce un 85 % el impuesto eléctrico.
Si tu electricidad pesa lo suficiente en la cuenta de explotación, Hacienda permite aplicar una reducción del 85 % sobre la base del impuesto eléctrico. Estudiamos elegibilidad, preparamos la solicitud y la renovamos cada año.
Una rebaja fiscal directa sobre la factura eléctrica.
El Impuesto Especial sobre la Electricidad grava el consumo eléctrico con un tipo del 5,11269632 %. La Ley 38/1992 contempla una reducción del 85 % sobre esa base imponible para empresas en las que la electricidad represente un porcentaje significativo del coste de producción o de la facturación.
Nosotros analizamos tus números, vemos si encajas en alguno de los supuestos (uso industrial intensivo, riego agrícola, reducción química, procesos metalúrgicos, etc.), y preparamos la solicitud completa ante la AEAT. Una vez aprobada, tu comercializadora aplica la rebaja directamente en factura.
La exención está pensada para sectores intensivos en electricidad:
- Industria del frío (frigoríficos, conservas, alimentación).
- Sector del plástico e industria transformadora.
- Centros de datos y CPD intensivos.
- Procesos metalúrgicos, químicos o de reducción.
Regla rápida: si tu factura eléctrica anual supera el 5 % de la facturación, vale la pena estudiarlo.
Qué necesitamos para empezar
Rellena el formulario de abajo y, si los tienes a mano, adjunta estos documentos. Si no, no te preocupes: en la primera llamada te ayudamos a recopilarlos.
Facturación anual sin IVA
Importe neto de la cifra de negocio del último ejercicio cerrado.
Importe facturas eléctricas año anterior sin IVA
Suma del coste eléctrico del último ejercicio. Sirve para calcular el ratio de intensidad.
CNAE y descripción del proceso
Sector de actividad y para qué se usa la electricidad: frío, transformación, IT, etc.
Factura eléctrica reciente
Para verificar la base imponible aplicable y el CUPS sobre el que se aplica la rebaja.
Cuentas anuales del último ejercicio
Para justificar el peso de la electricidad sobre la facturación o el valor de la producción.
Resoluciones anteriores
Si ya te concedieron la exención y vas a renovar, nos sirve para acelerar.
4 pasos. 4–8 semanas. Renovación cada año.
Estudiamos si encajas, presentamos el expediente y nos encargamos de avisar y renovar cada ejercicio.
Estudio de elegibilidad
Analizamos ratios de coste eléctrico, CNAE y uso final. Confirmamos si encajas y cuánto ahorrarías.
Preparación de documentación
Reunimos cuentas, facturas, descripción de proceso y memoria justificativa.
Solicitud ante Hacienda
Presentamos el expediente en la oficina gestora de Impuestos Especiales y atendemos requerimientos.
Seguimiento y renovación
Comunicamos la resolución a tu comercializadora y te recordamos la renovación anual.
Cuéntanos sobre tu empresa
Un técnico revisará tu solicitud y te llamará en menos de 48 h con una primera valoración — sin compromiso.
Servicios relacionados
Electrointensivo
Otra vía de ahorro fiscal si consumes >5 GWh/año. Compatible con la exención del impuesto eléctrico.
Saber másCertificados CAE
Si trabajas con frío o procesos intensivos, las inversiones en eficiencia se convierten en ingresos.
Saber másTelemedida
Acceso a la curva horaria de tu suministro para optimizar tarifa y detectar consumos anómalos.
Saber másReduce un 85 % el impuesto eléctrico.
Si tu electricidad pesa lo suficiente en la cuenta de explotación, Hacienda permite aplicar una reducción del 85 % sobre la base del impuesto eléctrico. Estudiamos elegibilidad, preparamos la solicitud y la renovamos cada año.
Una rebaja fiscal directa sobre la factura eléctrica.
El Impuesto Especial sobre la Electricidad grava el consumo eléctrico con un tipo del 5,11269632 %. La Ley 38/1992 contempla una reducción del 85 % sobre esa base imponible para empresas en las que la electricidad represente un porcentaje significativo del coste de producción o de la facturación.
Nosotros analizamos tus números, vemos si encajas en alguno de los supuestos (uso industrial intensivo, riego agrícola, reducción química, procesos metalúrgicos, etc.), y preparamos la solicitud completa ante la AEAT. Una vez aprobada, tu comercializadora aplica la rebaja directamente en factura.
La exención está pensada para sectores intensivos en electricidad:
- Industria del frío (frigoríficos, conservas, alimentación).
- Sector del plástico e industria transformadora.
- Centros de datos y CPD intensivos.
- Procesos metalúrgicos, químicos o de reducción.
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Qué necesitamos para empezar
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Factura eléctrica reciente
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Cuentas anuales del último ejercicio
Para justificar el peso de la electricidad sobre la facturación o el valor de la producción.
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Estudio de elegibilidad
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