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Cumplimiento normativo

Reduce un 85 % el impuesto eléctrico.

Si tu electricidad pesa lo suficiente en la cuenta de explotación, Hacienda permite aplicar una reducción del 85 % sobre la base del impuesto eléctrico. Estudiamos elegibilidad, preparamos la solicitud y la renovamos cada año.

Bonificación fiscal Plazo 4–8 semanas
Qué es

Una rebaja fiscal directa sobre la factura eléctrica.

El Impuesto Especial sobre la Electricidad grava el consumo eléctrico con un tipo del 5,11269632 %. La Ley 38/1992 contempla una reducción del 85 % sobre esa base imponible para empresas en las que la electricidad represente un porcentaje significativo del coste de producción o de la facturación.

Nosotros analizamos tus números, vemos si encajas en alguno de los supuestos (uso industrial intensivo, riego agrícola, reducción química, procesos metalúrgicos, etc.), y preparamos la solicitud completa ante la AEAT. Una vez aprobada, tu comercializadora aplica la rebaja directamente en factura.

¿Mi empresa encaja?

La exención está pensada para sectores intensivos en electricidad:

  • Industria del frío (frigoríficos, conservas, alimentación).
  • Sector del plástico e industria transformadora.
  • Centros de datos y CPD intensivos.
  • Procesos metalúrgicos, químicos o de reducción.

Regla rápida: si tu factura eléctrica anual supera el 5 % de la facturación, vale la pena estudiarlo.

Documentación

Qué necesitamos para empezar

Rellena el formulario de abajo y, si los tienes a mano, adjunta estos documentos. Si no, no te preocupes: en la primera llamada te ayudamos a recopilarlos.

Imprescindible

Facturación anual sin IVA

Importe neto de la cifra de negocio del último ejercicio cerrado.

Imprescindible

Importe facturas eléctricas año anterior sin IVA

Suma del coste eléctrico del último ejercicio. Sirve para calcular el ratio de intensidad.

Imprescindible

CNAE y descripción del proceso

Sector de actividad y para qué se usa la electricidad: frío, transformación, IT, etc.

Opcional — lo facilita

Factura eléctrica reciente

Para verificar la base imponible aplicable y el CUPS sobre el que se aplica la rebaja.

Opcional — lo facilita

Cuentas anuales del último ejercicio

Para justificar el peso de la electricidad sobre la facturación o el valor de la producción.

Opcional — lo facilita

Resoluciones anteriores

Si ya te concedieron la exención y vas a renovar, nos sirve para acelerar.

Proceso

4 pasos. 4–8 semanas. Renovación cada año.

Estudiamos si encajas, presentamos el expediente y nos encargamos de avisar y renovar cada ejercicio.

Estudio de elegibilidad

Analizamos ratios de coste eléctrico, CNAE y uso final. Confirmamos si encajas y cuánto ahorrarías.

Preparación de documentación

Reunimos cuentas, facturas, descripción de proceso y memoria justificativa.

Solicitud ante Hacienda

Presentamos el expediente en la oficina gestora de Impuestos Especiales y atendemos requerimientos.

Seguimiento y renovación

Comunicamos la resolución a tu comercializadora y te recordamos la renovación anual.

Solicitar

Cuéntanos sobre tu empresa

Un técnico revisará tu solicitud y te llamará en menos de 48 h con una primera valoración — sin compromiso.

Servicios solicitados *

Marca uno o varios. Aparecerán campos específicos para cada uno.

Datos de la empresa

Solo si lo tienes a mano. No es obligatorio.

Tu contacto